Dentro del universo de funciones y tareas desempeñadas por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, se encuentra aquella referida al control de las relaciones existentes entre las distintas compañías aseguradoras y los trabajadores accidentados. Para tal fin, nuestro organismo cuenta con una serie de oficinas de atención presencial denominadas Comisiones Médicas. En la actualidad, y de acuerdo a lo estipulado por la resolución SRT N° 531/14, funcionan 47 comisiones médicas, distribuidas a lo largo y a lo ancho de todo el país. Las tareas que se llevan a cabo en cada una de estas dependencias son múltiples, y son desarrolladas por profesionales capacitados, tales como médicos y abogados. Algunas de las tareas más importantes de las comisiones médicas son: Actúar como mediadoras de las diferencias que pudiesen surgir entre las aseguradoras y los trabajadores, en relación a prestaciones estipuladas, indemnizaciones previstas y tratamientos médicos pactados por ley. Establecen el grado de una discapacidad producto de un accidente laboral, brindando la atención médica necesaria e iniciando los trámites previstos en la normativa vigente. Participan en los comités evaluadores de los trámites previsionales de ceguera y edad avanzada. Realizan el visado y reconocimiento de enfermedades preexistentes en los trabajadores, a solicitud del empleador. Reciben aquellas denuncias relacionadas con el incumplimiento de las normas de prevención incluidas en la Ley 24.557. Brindan asesoramiento en materia de accidentabilidad laboral, derivando aquellas consultas a los sectores pertinentes. Ver esta publicación en Instagram Una publicación compartida de Estudio Juridico Marmor & Asoc (@marmor.abogados)
Si tenés que rectificar tus datos personales en el Documento Nacional de Identidad (DNI), ya sea por reconocimiento paterno, por acreditación del apellido materno, por cambio de nombre y apellido o por errores que se hayan cometido al momento de imprimirlo, tenés que sacar un nuevo DNI. En todos los casos, hay un punto clave a tener en cuenta, y es que se exigirá que las modificaciones estén anotadas en la Partida de Nacimiento, entre ellas, el cambio de nombre y apellido, la que tendrá que se presentada al momento de iniciar el trámite. Otro dato importante, es que junto con la actualización se puede aprovechar y realizar también el trámite que permite tener el DNI en el celular, un paso que es sencillo y práctico. Ver esta publicación en Instagram Una publicación compartida de Estudio Juridico Marmor & Asoc (@marmor.abogados)
Bajo estas circunstancias, en caso de producirse un accidente vial y que el conductor tenga su carnet de conductor vencido, las compañías de seguros se harán responsables de resarcir el daño producido. El registro aún vencido hace presumir la idoneidad del manejo, por lo que en principio la aseguradora debe tender a amparar el patrimonio de su asegurado como a los daños de la víctima, más aún cuando por un principio del derecho de seguros ante la duda, se debe estar a favor de la obligación de la aseguradora de responder, ya que la póliza es un contrato de adhesión donde las cláusulas pre-impresas le son impuestas al asegurado y ante la duda deben interpretarse a su favor. Lo dispuesto en el artículo 68 de la ley 24.449 que impone la obligatoriedad del seguro a los automotores y de lo que es obligatorio indica que conducir con registro es una obligación importante de cumplir. En síntesis, conducir con el registro de conducir vencido es sin duda una infracción administrativa que es penada con la sanción de una multa y el secuestro del carnet. Ver esta publicación en Instagram Una publicación compartida de Estudio Juridico Marmor & Asoc (@estudiojuridicomarmor)